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Registro industrial en Almería (alta de establecimiento industrial)

Inscribimos tu establecimiento en el Registro Integrado Industrial de Andalucía (RIIA, antes REIA) y presentamos la puesta en servicio ante la Delegación de Industria. Oficina técnica en Almería, ingeniero colegiado, presupuesto cerrado y tramitación 100% online.

El registro industrial es la inscripción de tu establecimiento o instalación en el Registro Integrado Industrial de Andalucía (RIIA), el censo administrativo que la Junta de Andalucía mantiene de la actividad industrial de la comunidad. Lo regula el Decreto 83/2016, que sustituyó al antiguo Registro de Establecimientos Industriales (REIA), dentro del marco de la Ley 21/1992 de Industria y del Reglamento estatal del Registro Integrado Industrial (RD 559/2010). Afecta a talleres, almacenes de manipulado, naves del polígono, industrias agroalimentarias, carpinterías metálicas y a cualquier establecimiento que ejerza una actividad industrial en Almería capital y provincia. Su carácter es informativo: no otorga derechos, pero acredita que tu industria consta y opera dentro de la legalidad.

En Abaco Ingeniería lo tramitamos como oficina técnica dirigida por un ingeniero técnico industrial colegiado desde 1983, con más de cuarenta años de experiencia ante Industria. Firmamos con certificado digital FNMT, así que gestionamos el 100% online en toda España y nos desplazamos de forma presencial a Almería capital y provincia (y a Granada, Málaga y Murcia) cuando hay que medir o inspeccionar la instalación. Empezamos con un estudio previo gratuito y te damos un presupuesto cerrado, sin variaciones posteriores, hasta obtener tu número de registro.

Qué incluye el servicio

Qué es el RIIA y a qué registro sustituye

El RIIA es el Registro Integrado Industrial de Andalucía, el censo donde consta cada establecimiento e instalación industrial de la comunidad. Se creó por el Decreto 83/2016, de 19 de abril, que derogó el anterior REIA (Registro de Establecimientos Industriales), y se integra con el registro estatal del RD 559/2010 y la Ley 21/1992 de Industria. Tiene carácter informativo y ámbito nacional: permite a las administraciones conocer la actividad industrial, pero no confiere por sí mismo derechos ni autorizaciones.

No es el registro de la propiedad industrial (marcas y patentes)

Conviene no confundirlo con el registro de la propiedad industrial. Este último, gestionado por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), protege marcas, nombres comerciales, patentes y diseños, es decir, derechos de propiedad sobre signos e invenciones. El registro industrial del que hablamos aquí es un censo de establecimientos y actividades productivas ante Industria, sin relación con marcas ni patentes. Si buscas proteger el nombre o la patente de tu producto, ese trámite es distinto y no lo cubre esta página.

El alta se produce con la puesta en servicio

Desde el Decreto 83/2016 la inscripción se practica de oficio: ya no presentas un formulario de alta independiente. El número de registro se genera cuando comunicas la puesta en servicio de la instalación o presentas la declaración responsable ante la Delegación Territorial de Industria, conforme al Decreto 59/2005 y la Orden de 5 de marzo de 2013. Por eso el alta va siempre ligada a la legalización: primero se legaliza la instalación eléctrica, térmica o de incendios y, con ese trámite, tu establecimiento queda inscrito.

Qué establecimientos deben inscribirse

El Decreto 59/2005 clasifica los establecimientos en dos grupos según el riesgo de la actividad, con documentación distinta para cada uno. Deben constar en el registro talleres, industrias agroalimentarias, almacenes de manipulado hortofrutícola, carpinterías, naves logísticas y, en general, cualquier actividad con instalaciones sujetas a reglamento (baja tensión, RITE, incendios, aparatos a presión, gas o almacenamiento de productos químicos). Analizamos tu caso y determinamos qué grupo y qué reglamentos te aplican antes de tramitar.

Modificación, ampliación, traslado y baja

El registro no solo recoge el alta inicial. También hay que comunicar la ampliación de la actividad, el traslado del establecimiento, el cambio de titularidad por compraventa o herencia y el cese o baja de la industria. Mantener los datos actualizados evita problemas en inspecciones, subvenciones o al contratar con la Administración. Nos ocupamos de cualquier variación posterior sobre tu inscripción y de recuperar tu número de registro si tu establecimiento es antiguo y no lo localizas.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre el registro industrial y el registro de la propiedad industrial?

Son cosas distintas. El registro industrial (RIIA en Andalucía) es un censo de establecimientos e instalaciones industriales que se lleva ante la Consejería de Industria; sirve para acreditar que tu actividad consta y funciona en regla. El registro de la propiedad industrial lo gestiona la OEPM y protege marcas, nombres comerciales, patentes y diseños. Si quieres registrar tu establecimiento y sus instalaciones, es el primero; si quieres proteger una marca o una patente, es el segundo.

¿Cómo doy de alta mi establecimiento en el registro industrial de Almería?

Desde 2016 el alta se realiza de oficio: no se rellena un formulario de inscripción por separado. El número de registro se obtiene al presentar la puesta en servicio de la instalación o la declaración responsable ante la Delegación Territorial de Industria de Almería, con la documentación técnica que exija cada reglamento. Nosotros redactamos esa documentación, firmamos el proyecto o la memoria y tramitamos la comunicación hasta que tu establecimiento queda inscrito.

¿Necesito un número de registro industrial para abrir mi actividad?

Para abrir un local o una nave necesitas la licencia de actividad del ayuntamiento y la legalización de las instalaciones ante Industria. El número de registro industrial se genera precisamente al legalizar esas instalaciones, de modo que es una consecuencia del proceso, no un trámite suelto. Acreditar que tu establecimiento está inscrito te ayuda ante inspecciones, compañías suministradoras, aseguradoras o al solicitar subvenciones industriales.

¿Qué es el RIIA y en qué se diferencia del antiguo REIA?

El RIIA (Registro Integrado Industrial de Andalucía) es el registro vigente desde el Decreto 83/2016. Sustituyó al REIA, el anterior Registro de Establecimientos Industriales. El cambio principal es que ahora la inscripción se practica de oficio a partir de las autorizaciones y comunicaciones presentadas, y se integra con el Registro Integrado Industrial estatal (RD 559/2010). Los establecimientos que ya constaban en el REIA se traspasaron de forma automática al RIIA.

Compré una nave con actividad, ¿tengo que actualizar el registro?

Sí. El cambio de titularidad por compraventa, arrendamiento o herencia debe comunicarse para que el establecimiento conste a tu nombre. Es habitual encontrar naves con instalaciones antiguas o con datos desactualizados en el registro. Revisamos la situación de la instalación, comprobamos qué está legalizado y qué falta, y tramitamos la actualización de titularidad y de datos para que tu industria quede correctamente inscrita antes de operar.

¿Trabajáis solo en Almería y cuánto cuesta el trámite?

Somos una oficina técnica de Almería dirigida por un ingeniero colegiado desde 1983. Gracias a la firma digital FNMT tramitamos la inscripción y la puesta en servicio 100% online en toda España, y nos desplazamos a la capital y la provincia (también a Granada, Málaga y Murcia) cuando hay que revisar la instalación in situ. El precio depende del establecimiento y de sus instalaciones; lo cerramos por adelantado tras un estudio previo sin coste.

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