Cuándo basta con la comunicación previa de cambio de titularidad
La comunicación previa es suficiente cuando el nuevo titular se subroga en una licencia o declaración responsable ya vigente sin alterar nada: misma actividad, mismo local, mismas instalaciones y sin obras. Es el supuesto más habitual en los traspasos. El trámite no exige un proyecto técnico nuevo, únicamente acreditar la transmisión y que la licencia anterior está en vigor. Surte efecto desde que se presenta en el Ayuntamiento, de modo que el negocio puede seguir abierto sin interrupción mientras la Administración realiza el control posterior.
