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Legalización de placas solares y autoconsumo fotovoltaico en Almería

Ponemos en regla tu instalación solar ya montada: redactamos la memoria o el proyecto, tramitamos la puesta en servicio (PUES) ante Industria y el registro de autoconsumo conforme al RD 244/2019. Somos ingeniería: no vendemos ni instalamos placas.

La legalización de placas solares es el trámite que convierte una instalación fotovoltaica de autoconsumo ya ejecutada en una instalación legal, inscrita ante Industria y apta para conectarse a la red o compensar excedentes. El RD 244/2019 obliga a documentar y poner en servicio toda instalación de autoconsumo, tenga o no vertido a la red, antes de su funcionamiento. En Abaco Ingeniería nos ocupamos solo de esa parte: la ingeniería y la tramitación. Es el servicio que necesita quien montó las placas por su cuenta, cambió de instalador, compró una nave o vivienda con fotovoltaica sin registrar, o tiene un autoconsumo industrial pendiente de cerrar el expediente en Almería.

Trabajamos como oficina técnica dirigida por un ingeniero técnico industrial colegiado desde 1983, con más de cuarenta años de experiencia. Firmamos con certificado digital FNMT, así que tramitamos el 100% online en toda España y nos desplazamos a tu cubierta, nave o parcela en Almería capital y provincia cuando hace falta revisar la instalación. Primero comprobamos qué documentación falta y si basta memoria o hace falta proyecto, y te damos un presupuesto cerrado tras un estudio previo gratuito, sin sorpresas.

Qué incluye el servicio

Modalidades de autoconsumo del RD 244/2019

El RD 244/2019 distingue autoconsumo sin excedentes, con sistema antivertido, y con excedentes, que a su vez puede acogerse a compensación simplificada o no acogerse. Cualquiera de las modalidades obliga a documentar y poner en servicio la instalación antes de funcionar, aunque no inyectes nada a la red. Analizamos tu caso, definimos la modalidad que te conviene y dejamos preparado el contrato de compensación de excedentes previsto en el artículo 14 cuando procede.

Umbrales de potencia: memoria, proyecto y OCA

La documentación depende de la potencia. Hasta 10 kW basta una memoria técnica de diseño; entre 10 y 100 kW se exige proyecto firmado por técnico competente; a partir de 100 kW hace falta autorización administrativa previa. Además, las instalaciones de más de 25 kW pasan inspección inicial de un organismo de control autorizado (OCA) y las de más de 15 kW con excedentes tramitan punto de conexión. Legalizamos autoconsumo hasta 500 kW en baja tensión.

El trámite en Andalucía: PUES, CAU y registro

En Andalucía el expediente se cierra por el aplicativo PUES de la Delegación de Industria, Energía y Minas. Reunimos el certificado de instalación eléctrica (boletín) del instalador y el certificado de fin de obra, redactamos la memoria o el proyecto, gestionamos el código de autoconsumo (CAU) con la distribuidora y presentamos la puesta en servicio y, cuando la potencia lo exige, la inscripción en el registro administrativo de autoconsumo. Coordinamos con E-Redes el punto de conexión si hay excedentes.

Autoconsumo industrial, agrícola y de nave

Almería es una de las provincias con más horas de sol de España, y eso multiplica el autoconsumo en invernaderos, almacenes de manipulado, naves del polígono, comercios y comunidades de regantes. Legalizamos cubiertas de nave, bombeo solar para riego agrícola, autoconsumo colectivo entre varios consumidores e instalaciones industriales de mediana potencia, justificando la parte eléctrica de baja tensión y su integración con la instalación existente del establecimiento.

Solo legalización: ni vendemos ni instalamos placas

No somos una empresa instaladora ni comercializamos módulos: somos ingeniería independiente. Eso nos hace útiles cuando tienes placas sin legalizar montadas por tu cuenta, cuando tu instalador dejó el papeleo a medias, cuando compraste una nave o vivienda con fotovoltaica sin registrar o cuando una subvención o una inspección te exige la instalación en regla. Nos ocupamos solo del proyecto, la tramitación y la puesta en servicio de tu autoconsumo.

Preguntas frecuentes

Tengo placas montadas pero sin papeles, ¿podéis legalizarlas?

Sí, es nuestro caso más habitual. No necesitamos haber instalado nosotros las placas: revisamos la instalación existente, recopilamos el certificado de instalación eléctrica del instalador o lo gestionamos si falta, redactamos la memoria o el proyecto según la potencia y presentamos la puesta en servicio ante Industria. Así dejamos tu autoconsumo inscrito conforme al RD 244/2019, listo para compensar excedentes y para pasar cualquier inspección.

¿Necesito memoria o proyecto para legalizar mi fotovoltaica?

Depende de la potencia de la instalación. Hasta 10 kW se resuelve con una memoria técnica de diseño; entre 10 y 100 kW la ley exige un proyecto firmado por técnico competente; por encima de 100 kW hace falta además autorización administrativa. A partir de 25 kW se suma la inspección de un organismo de control autorizado. En el estudio previo te decimos exactamente qué documento necesitas y qué cuesta.

¿Puedo descontar de la factura la energía que vierto a la red?

Sí, si te acoges a la compensación de excedentes del RD 244/2019. Para instalaciones de hasta 100 kW puedes optar a la compensación simplificada, que descuenta en tu factura la energía sobrante vertida a la red, sin llegar a cobrarla como productor. Tramitamos el código de autoconsumo (CAU) con la distribuidora y dejamos preparado el contrato de compensación para que tu comercializadora lo aplique.

¿Cuánto tarda y cuánto cuesta legalizar el autoconsumo?

El plazo depende de la carga de la Delegación de Industria y de si hay que solicitar punto de conexión, pero una instalación doméstica o de pequeño comercio suele cerrarse en pocas semanas una vez tenemos la documentación del instalador. El coste varía con la potencia y con que sea memoria o proyecto; te damos un presupuesto cerrado tras el estudio previo gratuito, sin añadidos posteriores.

¿Hay que legalizar aunque sea autoconsumo sin excedentes?

Sí. El RD 244/2019 obliga a documentar y poner en servicio la instalación aunque uses un sistema antivertido y no inyectes nada a la red. El autoconsumo sin excedentes ahorra algunos trámites frente a la distribuidora, pero sigue necesitando su certificado eléctrico, su memoria o proyecto y su puesta en servicio ante Industria para ser legal.

¿Legalizáis autoconsumo industrial o agrícola en la provincia?

Sí. Además de fotovoltaica doméstica, legalizamos autoconsumo de naves industriales, cubiertas de almacenes de manipulado, invernaderos y bombeo solar para riego en toda la provincia de Almería. Somos oficina técnica con sede en Almería y colegiado desde 1983; tramitamos online con firma FNMT y nos desplazamos a la parcela o nave cuando hay que revisar la instalación antes de firmar el proyecto.

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