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Tasación pericial contradictoria en Almería frente a Hacienda

Informe pericial de ingeniero colegiado para recurrir la comprobación de valores y el valor de referencia del Catastro en ITP e ISD ante la Agencia Tributaria de Andalucía y el TEAR.

Has recibido una liquidación paralela o una propuesta de comprobación de valores de Hacienda en el ITP o en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, o bien pagaste aplicando el valor de referencia del Catastro y crees que supera el valor real del inmueble. En ambos casos puedes defenderte, pero necesitas prueba técnica. En Abaco Ingeniería emitimos el informe pericial de valoración que sirve como tasación de parte en la tasación pericial contradictoria (TPC) y como prueba en la impugnación ante la Agencia Tributaria de Andalucía y el TEAR. Lo firma un ingeniero técnico industrial colegiado desde 1983, con sede en Almería y trabajo 100% online.

Seamos claros: Abaco no es sociedad de tasación homologada por el Banco de España, así que no emitimos tasación hipotecaria. Y no la necesitas: para fines fiscales, de herencia o judiciales, la ley admite el informe de un perito competente y colegiado, y ese es nuestro terreno. Analizamos tu caso, revisamos la motivación de Hacienda y del Catastro y te decimos con honestidad si merece la pena recurrir antes de gastar. Estudio previo gratuito, presupuesto cerrado y valoración firmada con certificado digital FNMT.

Qué incluye el servicio

Cuándo procede la TPC: comprobación de valores

La tasación pericial contradictoria es el mecanismo que regulan los artículos 57.2 y 135 de la Ley General Tributaria para corregir una comprobación de valores. Procede cuando Hacienda revisa el valor que declaraste, normalmente mediante una liquidación paralela o una propuesta de valoración, y te reclama más ITP o más Sucesiones. Debes promoverla dentro del plazo del primer recurso o reclamación contra esa liquidación, habitualmente un mes desde la notificación. Reservar el derecho a la TPC suspende la ejecución de la liquidación y el plazo para recurrir, de modo que ganas tiempo para preparar una tasación de parte sólida sin que la deuda siga su curso ni se generen recargos.

Valor de referencia del Catastro: cómo se impugna

Desde 2022 el valor de referencia del Catastro es la base imponible mínima del ITP y del ISD. Como Hacienda lo aplica por imperativo legal y sin comprobar valores, aquí no cabe la TPC clásica: la vía es solicitar la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos (art. 120.3 LGT), o autoliquidar por el valor real y recurrir la liquidación que llegue. La carga de la prueba recae en ti: hay que demostrar que el valor de referencia supera el de mercado. En Andalucía el ITP de vivienda usada es del 7%, así que cada 10.000 EUR de exceso de valoración son 700 EUR de más; por eso conviene una pericial bien fundada.

Qué contiene nuestro informe y por qué convence

Un informe que solo aporte otro número no convence a Hacienda. El nuestro habla el idioma del Catastro: revisa los parámetros, la superficie y la antigüedad con que se calculó el valor de referencia, detecta errores de descripción, documenta el estado real de conservación del inmueble y aporta testigos y comparables de mercado en la zona. Incluye reportaje fotográfico, referencia catastral, metodología de valoración y conclusión motivada. Sirve como tasación de parte en la TPC, como prueba en la rectificación o el recurso, y como base si finalmente interviene un perito tercero. Todo firmado por ingeniero colegiado y con plena validez ante la Administración.

El procedimiento paso a paso y el perito tercero

En la TPC, si Hacienda comprobó sin dictamen de perito, primero valora su propio técnico; después se te notifica y dispones de 10 días para nombrar perito y un mes para aportar nuestra tasación. Si la diferencia entre ambas valoraciones supera los 120.000 EUR y, además, el 10% de la tasación de parte, se designa un perito tercero cuyo dictamen decide. Sus honorarios los pagas tú solo si su valoración supera en más de un 20% el valor que declaraste; en caso contrario, los asume la Administración, y puede exigirse un depósito previo. Te explicamos cada paso y calculamos si te compensa antes de iniciarlo.

Dónde vale, honestidad y precios orientativos

Nuestros informes se presentan ante la Agencia Tributaria de Andalucía (Junta de Andalucía), que gestiona el ITP y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y sirven en vía económico-administrativa ante el TEAR y, si hace falta, ante los tribunales. Con honestidad: no somos tasadora del Banco de España y no hacemos tasación hipotecaria, pero para comprobación de valores, herencia, divorcio o litigio el informe de un perito colegiado es prueba admisible y suficiente. Precios orientativos de valoración desde unos 250 EUR en vivienda, 350 en locales y 450 en naves; presupuesto cerrado tras el estudio previo gratuito.

Preguntas frecuentes

Me ha llegado una comprobación de valores o una paralela de Hacienda, ¿qué hago?

No la dejes pasar. Tienes, por lo general, un mes desde la notificación para recurrir o para promover la tasación pericial contradictoria. Lo más eficaz suele ser reservar el derecho a la TPC en ese primer recurso: se suspende la ejecución de la liquidación y el plazo, y ganas tiempo para preparar una tasación de parte que rebaje el valor comprobado. Antes de nada revisamos gratis si la valoración de Hacienda está bien motivada, porque muchas se anulan por falta de motivación sin necesidad de discutir cifras.

¿Puedo hacer una tasación pericial contradictoria contra el valor de referencia del Catastro?

No directamente. Cuando la base imponible es el valor de referencia, Hacienda no comprueba valores, lo aplica por ley, y la TPC clásica no procede. La vía correcta es solicitar la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos, o autoliquidar por el valor real y recurrir la liquidación. En ambos casos necesitas un informe pericial que demuestre que el valor de referencia supera el de mercado. Tienes hasta cuatro años desde que presentaste la autoliquidación para pedir la rectificación.

¿Cuánto cuesta y quién paga el perito tercero?

Nuestra tasación de parte tiene precio cerrado, orientativamente desde 250 EUR en vivienda, 350 en locales y 450 en naves, según el bien y su complejidad. El perito tercero solo interviene si la diferencia entre las dos tasaciones supera 120.000 EUR y el 10%. Sus honorarios los pagas tú únicamente si su valoración supera en más de un 20% el valor que declaraste; si no, los asume la Administración. Antes de empezar calculamos si el ahorro fiscal compensa el coste, para que no gastes en balde.

¿Vuestro informe vale ante Hacienda aunque no seáis tasadora del Banco de España?

Sí. La homologación del Banco de España solo es obligatoria para la tasación hipotecaria, que nosotros no hacemos. Para la comprobación de valores, el valor de referencia, una herencia, un divorcio o un pleito, la ley admite el informe de un perito competente y colegiado. El nuestro lo firma un ingeniero técnico industrial colegiado desde 1983 y se presenta con plena validez ante la Agencia Tributaria de Andalucía, el TEAR y los juzgados. Es una valoración no hipotecaria, que es justo la que necesitas en estos casos.

¿Qué plazo tengo para reclamar o promover la TPC?

Depende de la vía. Para promover la tasación pericial contradictoria frente a una comprobación de valores, el plazo es el del primer recurso contra la liquidación, normalmente un mes desde la notificación. Para impugnar el valor de referencia mediante la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos, dispones de hasta cuatro años desde que la presentaste. Son plazos que conviene no apurar: cuanto antes nos escribas, más margen tenemos para reunir comparables y documentar el estado real del inmueble.

¿Trabajáis en Almería y de forma online?

Somos oficina técnica con sede en Almería, con ingeniero técnico industrial colegiado desde 1983 y más de cuarenta años de experiencia. Firmamos con certificado digital FNMT, así que tramitamos el 100% online en toda España y nos desplazamos a inspeccionar el inmueble en Almería capital y provincia, como El Ejido, Roquetas de Mar, Níjar o Huércal-Overa, y también a Granada, Málaga y Murcia. Estudio previo gratuito y respuesta en menos de 24 horas en el 687 46 54 86.

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